ASPECTOS POSITIVOS DEL REVALÚO IMPOSITIVO EN LAS EMPRESAS
El Revalúo Impositivo permite corregir el desfasaje provocado por el proceso inflacionario en Argentina sobre los costos fiscales de los activos empresarios computables en la determinación del Impuesto a las Ganancias.
El revalúo impositivo posibilita por única vez y a opción de los contribuyentes residentes del país, revaluar los costos impositivos de sus bienes afectados a la generación de ganancias gravadas.
Los bienes alcanzados por el beneficio son los adquiridos y/o construidos con anterioridad a la vigencia que se establezca para la ley y que se mantengan en el patrimonio al momento de ejercicio de la opción, de acuerdo al siguiente detalle:
El nuevo valor se determinará por aplicación de un factor de revalúo establecido por la Ley conforme la antigüedad del bien o, en el caso de los activos fijos amortizables, de un revalúo técnico practicado por un valuador independiente, a opción del contribuyente.
Las empresas que opten por aplicar el revalúo para actualizar sus costos computables en el Impuesto a las Ganancias deberán tributar un impuesto especial tal como se detalla a continuación:
Tipos de bienes Impuesto especial
Inmuebles que no sean bienes de cambio 8%
Inmuebles que sean bienes de cambio 15%
Acciones, cuotas y participaciones sociales de personas y S.I 5%
Resto de bienes 10%
Aplicado sobre el importe del revalúo.
III. Aspectos a considerar para definir la aplicación del revalúo impositivo.
Por lo tanto, la decisión de revaluar o no los bienes resultará de comparar el mayor costo fiscal por el impuesto especial que plantea el proyecto de ley con el valor presente neto del menor costo fiscal por Impuesto a las Ganancias derivado del impacto de la mayor amortización por el nuevo valor impositivo de los bienes.
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