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30-07-2018

2018 - NUEVO RÉGIMEN PROMOCIONAL A LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA.

NUEVO RÉGIMEN DE PROMOCIÓN A LAS ACTIVIDADES EMPRENDEDORAS

 

La Ley 27.349 dispuso medidas que promueven el desarrollo de nuevos emprendimientos en todo el país con el fin de fomentar el desarrollo local de las distintas actividades productivas.

 

Definición de emprendimientos

En Argentina, toda actividad desarrollada por una persona jurídica nueva o cuya fecha de constitución no exceda los 7 años.

 

¿Quiénes pueden invertir?

Las “Instituciones de capital emprendedor” (ICE), personas jurídicas del país o del exterior y los fondos o fideicomisos constituidos en el país, que tengan por objeto aportar recursos propios o de terceros a un conjunto de emprendimientos y los “Inversores en capital emprendedor” (Inversores) personas jurídicas o humanas, fondos o fideicomisos, del país o del exterior que decidan invertir recursos propios o de terceros en emprendimientos.

 

Régimen de beneficios para los inversores

Los aportes de capital realizados a proyectos existentes al 1 de julio de 2016, podrán ser deducidos -dentro de un cupo anual del 0,02 % del PBI- de la determinación del impuesto a las ganancias hasta el 75% de tales aportes, con el límite del 10% de la ganancia neta sujeta a impuesto del ejercicio, pudiéndose deducir el excedente en los 5 ejercicios fiscales siguientes. En el caso de aportes en Emprendimientos pertenecientes a zonas de menor desarrollo y con menor acceso al financiamiento, la deducción podrá ser de hasta el 85%. Si la inversión total no se mantiene por 2 años contados desde el ejercicio de la inversión, el inversor deberá incorporar en su declaración jurada del impuesto a las ganancias el monto deducido e intereses.

 

Régimen de beneficios para los emprendedores

Serán considerados MPyMes y podrán gozar de beneficios de la Ley 25.300 en tanto cumplan con los requisitos cuantitativos establecidos por la normativa vigente, aun cuando se encuentren vinculadas a empresas o grupos económicos que no los reúnan.

 

Fuentes de financiamiento

Se crea el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (FONDCE), que a través de fideicomisos, podrán invertir empresas nacionales o extranjeras. Se lo exime de tributos nacionales y se invita a las provincias a eximir. También se implementa el Sistema de financiamiento colectivo (“crowdfunding”) a través del mercado de capitales, mediante las “plataformas de financiamiento colectivo”, sociedades anónimas autorizadas y controladas por la Comisión Nacional de Valores, con el objeto principal de contactar mediante portales web u otros medios análogos, a inversores con emprendedores.