El BCRA, a través de la Comunicación B 12048, aclara respecto a los “créditos a tasa subsidiada para empresas” previstos en la Comunicación A 7082, que a partir de la recepción de la información recabada por AFIP respecto a las empresas que soliciten dicho crédito y acorde a la periodicidad que se fije, el organismo dará inicio a la distribución diaria de la misma hacia las entidades financieras.