Se introducen adecuaciones respecto de la constitución de garantías impositivas y aduaneras por obligaciones, entre las que destacamos:
- Las pólizas para garantizar beneficios impositivos y aduaneros (F. 877) serán transmitidas mediante el servicio web “Registración de Pólizas Electrónicas”, ingresando con clave fiscal.
- Las garantías para beneficios impositivos y aduaneros serán aceptadas automáticamente una vez cumplidas las validaciones sistémicas.
- La solvencia acreditada hasta el 31/7/2018 por los importadores, exportadores y demás operadores de comercio exterior caducará automáticamente el 1/10/2018, por lo que hasta dicha fecha deberán presentar las garantías de actuación.
Señalamos que las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el 14/9/2018.